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Persona

Manuel Candalija Valle

Director del Área de Cultura de la Diputación de Badajoz; condenado (NO firme) por la sentencia 152/2026 de la AP de Badajoz (p.375) como cooperador necesario de prevaricación administrativa (Bloque C, plaza de Luis María Carrero) a nueve años de inhabilitación; absuelto del resto; recurrible ante el TSJ de Extremadura (p.376)

CasosCaso David Sánchez · Diputación de Badajoz

Condenado (no firme) · presunto

resumen

Manuel Candalija Valle es director del Área de Cultura de la Diputación de Badajoz (firmó como tal en septiembre de 2023, sentencia AP Badajoz 152/2026, p.17; «actual responsable de este área» según Infobae, 27-05-2026); en 2017, como Jefe de Servicio de Actividades Culturales, formó parte de la Comisión Asesora que el 26 de junio fijó los criterios de valoración de los currículos y el 27 de junio entrevistó a los aspirantes, entre ellos David Sánchez (sentencia, p.10 y p.164). El 14 de julio de 2026, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz lo condenó (sentencia 152/2026) como cooperador necesario de un delito de prevaricación administrativa (Bloque C: firmó el 19 de septiembre de 2023, como director del Área de Cultura, la propuesta de modificación de la RPT que creó la Jefatura de Sección de Coordinación de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas, cubierta por Luis María Carrero, único aspirante; sentencia, p.17) a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, y lo absolvió del resto de las infracciones que se le imputaban (sentencia, p.375). La sentencia NO es firme: cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (p.376) y rige la presunción de inocencia.

Conexiones documentadas

Las relaciones con más respaldo documental. Cada una indica su procedencia y, cuando existe, su cita [documento, página].

En los documentos

Pasajes del corpus judicial donde aparece.

ESCRITO-DE-ACUSACION_fdo· pág. 6

político don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, conteniendo un enlace a las bases de la convocatoria. Desde semanas antes, muchas personas de los Conservatorios y de la Diputación ya conocían que el puesto era para David Sánchez, llamándolo con el alias de “el hermanísimo”. Una vez pu…

ESCRITO-DE-ACUSACION_fdo· pág. 14

La propuesta de modificación de la RPT relativa a dicho puesto fue firmada con fecha 19-9-2023, por MANUEL CANDALIJA VALLE, como Director del Área de Cultura, y por RICARDO CABEZAS MARTÍN, como Diputado de Cultura, aprobada inicialmente por el Pleno el 5-10-2023 y definitivamente…

ESCRITO-DE-ACUSACION_fdo· pág. 16

efectivamente posterior fecha de publicación de las bases y solicitud de participación del Sr. Carrero, por lo que es claro que ambos daban por sentado la incorporación de Luis CARRERO al citado puesto, 23 días antes de la publicación de las bases para la cobertura del mismo. En…

ESCRITO-DE-ACUSACION_fdo· pág. 21

el no tener que acudir diariamente a un despacho y el dedicarse a la Ópera, y, en segundo lugar, al conseguir que la persona que extraoficialmente ya le ayudaba activamente en el proyecto Ópera Joven fuera contratada por la Diputación y pasara a auxiliarle directamente trabajando…

ESCRITO-DE-ACUSACION_fdo· pág. 22

puesto al tratarse de funcionario que ya prestaba sus servicios en otra Administración. MANUEL CANDALIJA también intervino en la adjudicación del Puesto de Coordinador de las Actividades de los Conservatorios formando parte de la Comisión Asesora. PRIMERA-E.- En los anteriores h…

ESCRITO-DE-ACUSACION_fdo· pág. 24

MORIANO MORALES, como Directora de Cultura, y por CRISTINA NÚÑEZ FERNÁNDEZ, como Diputada de Cultura. ● Resolución del Presidente de la Diputación, MIGUEL ÁNGEL GALLARDO, de fecha 30-6-2017, disponiendo la contratación de DAVID SÁNCHEZ como personal de Alta Dirección. ● Propuesta…

Presunción de inocencia. Esta ficha organiza información de documentos públicos y procedimientos en curso. Las relaciones reflejan lo que afirman las fuentes citadas —indicios, imputaciones, acusaciones o, cuando ya las hay, condenas firmes— respetando en cada caso su estado procesal. Toda afirmación enlaza a su documento y página de origen. Aviso legal y vía de rectificación.