Quién es quién entre los organismos que investigan, acusan y juzgan.
La unidad de élite de investigación de la Guardia Civil; firma los grandes informes de estas causas.
Unidad central de la Policía Judicial de la Guardia Civil, especializada en delincuencia organizada, económica y corrupción. Trabaja a las órdenes de jueces y fiscales: sus informes (análisis de comunicaciones, patrimonio, contratos) son pieza central de la instrucción, pero son atestados policiales — indicios que el juez valora, no sentencias.
Tribunal con sede en Madrid que centraliza las causas de gran corrupción y delincuencia organizada.
Órgano judicial con competencia en toda España para ciertos delitos graves: entre otros, la delincuencia económica que afecta a más de una provincia, la criminalidad organizada o el terrorismo. Sus Juzgados Centrales de Instrucción son los que instruyen muchas de las macrocausas de corrupción.
La máxima instancia penal; juzga directamente a los aforados (diputados, senadores, ministros).
La Sala Segunda (de lo Penal) del Tribunal Supremo es el último escalón de la justicia penal española. Además de resolver recursos, instruye y juzga en única instancia las causas contra aforados — por eso las causas que afectan a diputados o ministros se tramitan allí como «causas especiales». Contra sus sentencias no cabe recurso ordinario: son firmes.
La fiscalía especializada en los delitos económicos y de corrupción de mayor trascendencia.
La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada interviene en los casos de especial trascendencia de cohecho, malversación, tráfico de influencias, fraudes o blanqueo. Es parte acusadora: investiga, pide diligencias y formula acusación — decide un juez o tribunal, no ella.
La fiscalía de la UE; investiga los fraudes que afectan a fondos europeos.
Órgano independiente de la Unión Europea que investiga y acusa por delitos contra los intereses financieros de la UE: fraudes en subvenciones y contratos financiados con fondos europeos, corrupción o blanqueo asociados. Cuando un contrato investigado se pagó con fondos UE, puede asumir la causa o parte de ella.
El órgano de gobierno de los jueces: nombra, asciende y sanciona; no juzga.
Gobierna el Poder Judicial: hace los nombramientos discrecionales de la cúpula judicial (Tribunal Supremo, presidencias de tribunales), asciende, inspecciona y sanciona. No dicta sentencias. Su composición se elige con intervención decisiva de las Cortes, lo que alimenta el debate permanente sobre la politización de la justicia.
El boletín oficial donde se publican los actos de las empresas: administradores, capital, domicilios.
El Boletín Oficial del Registro Mercantil publica los actos inscritos de las sociedades: constituciones, nombramientos y ceses de administradores, ampliaciones de capital, disoluciones. Es la fuente de la capa societaria de este sitio. Recoge administradores registrales, no la titularidad real en la sombra: figurar no imputa y no figurar no exculpa.
Adjudicación directa sin concurso, bajo un umbral legal; pública en PLACSP desde 2018.
La Ley de Contratos del Sector Público permite adjudicar directamente, sin concurrencia, los contratos por debajo de un umbral (con carácter general 15.000 € en servicios y suministros y 40.000 € en obras, sin IVA), a cambio de publicarlos en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP). Es un mecanismo legal — y el vector clásico de clientelismo cuando se abusa (fraccionamiento, adjudicatario habitual). La capa «Contratación» de este sitio muestra agregados oficiales por empresa y órgano (nº de contratos, total y rango temporal) — en morado los menores de PLACSP y en fucsia la capa ampliada de licitaciones y menores autonómicos —, distinta de la capa «Contrato» (adjudicaciones citadas en los documentos judiciales). Contratar con la administración no imputa: la señal es siempre el cruce con el caso.
El concurso público por el que se adjudican los contratos grandes; publicado con procedimiento, licitadores e importes.
Por encima de los umbrales del contrato menor, la Ley de Contratos del Sector Público obliga a licitar: publicar el contrato, recibir ofertas y adjudicar con un procedimiento reglado (abierto, restringido, negociado con o sin publicidad, o tramitación de emergencia en casos tasados). Todo queda publicado en PLACSP — también lo que licitan las plataformas autonómicas y locales que se agregan a ella — con el presupuesto, el adjudicatario, el importe final y el número de licitadores. La capa «Contratación» ampliada de este sitio agrega esas adjudicaciones por empresa y órgano, incluidas las señales de procedimiento (cuántas en emergencia, cuántas por negociado sin publicidad, cuáles vía UTE) y los contratos menores de las plataformas autonómicas (Junta de Andalucía, Euskadi, Xunta de Galicia). Licitar y ganar es legal — también en emergencia o por negociado, que son procedimientos previstos por la ley —: la señal es siempre el cruce con el caso y el patrón de procedimiento, nunca la adjudicación en sí.
El acto oficial por el que se nombra o cesa a un cargo público, publicado en el BOE con disposición citable.
La sección II.A del Boletín Oficial del Estado («Nombramientos, situaciones e incidencias») publica cada nombramiento y cese de cargos públicos — ministros, secretarios de Estado, directores generales, presidencias de entes públicos, carrera judicial y fiscal — con su real decreto, orden o acuerdo citable. Es la fuente de la capa «Cargos (BOE)» de este sitio: la trayectoria institucional de personas del caso, agregada por cargo (nombramiento → cese, con enlace a cada disposición). Un nombramiento es un acto administrativo legal y no imputa: la señal es la trayectoria cruzada con el caso — quién dirigía qué organismo cuándo. Un cargo sin cese en la capa significa que el cese no consta en el barrido (2004→hoy, solo títulos de la sección II.A), no necesariamente que siga vigente.