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La sentencia del Tribunal Supremo · Ábalos, Koldo y Aldama

Qué condena, qué absuelve y con qué penas: la sentencia núm. 418/2026 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de 22 de junio de 2026.

Síntesis

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó el 22 de junio de 2026 la sentencia núm. 418/2026 (Causa Especial 20775/2020), tras juicio oral celebrado en única instancia por el aforamiento del exministro José Luis Ábalos [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.1]. El tribunal, integrado por siete magistrados y con ponencia de Andrés Martínez Arrieta, declara probada la existencia de una organización criminal formada por Ábalos, su asesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama, constituida para lucrarse con la contratación pública y los favores del Ministerio de Transportes [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.26]. Condena a los tres, pero con penas muy desiguales. Ábalos afronta un máximo de cumplimiento de 15 años y 18 meses de prisión [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.220]; Koldo García, 15 años [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.222]. Aldama, beneficiado por una atenuante muy cualificada de colaboración, recibe penas inferiores a dos años que la Sala suspende durante cinco años [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.223]. Los delitos apreciados son organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación. Los tres son absueltos de prevaricación, uso de información privilegiada y falsedad [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.222]. La sentencia fija responsabilidad civil para Ábalos y Koldo y un decomiso de 430.298 euros sobre los tres [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.223].

Hallazgos

  1. Ábalos: la condena más grave — Ábalos es condenado como autor de organización criminal (5 años y 6 meses) en concurso con cohecho continuado (5 años, multa e inhabilitación 12 años); cohecho (3 años y 6 meses) más tráfico de influencias (2 años); otro tráfico de influencias (1 año y 6 meses); malversación (3 años y 6 meses) con tráfico de influencias (1 año y 9 meses); y dos cohechos del art. 422 (9 meses cada uno) [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.219]. Máximo de cumplimiento: 15 años y 18 meses [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.220].

  2. Koldo García: papel principal, no secundario — La Sala rechaza que su conducta fuera subordinada: estuvo "en la génesis de la organización criminal" [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.207]. Penas: organización criminal (5 años); cohecho continuado (4 años, 6 meses y 1 día); cohecho (3 años) con tráfico de influencias; otro tráfico de influencias; malversación como cooperador necesario (2 años y 3 meses); y dos cohechos del art. 422 [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.220]. Máximo: 15 años [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.222].

  3. Aldama: condenado, pero sin ingresar en prisión — Aldama es condenado como corruptor (cohecho activo) y por organización criminal, pero la Sala aprecia una atenuante muy cualificada de colaboración y rebaja las penas en uno y dos grados [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.209]. Sus penas quedan todas por debajo de dos años [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.223]. La Sala acuerda suspender su ejecución durante cinco años, condicionada a no delinquir, comparecer semestralmente y realizar trabajos en beneficio de la comunidad [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.223].

  4. La organización criminal, hecho probado — El tribunal declara probado que los tres "convinieron" aprovechar el cargo de Ábalos para favorecer contrataciones públicas a cambio de beneficio económico, con "un preciso reparto de funciones": Ábalos como jefe que aportaba autoridad, Koldo como su "hombre de confianza" y Aldama como captador de empresas [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.26]. Tenía "vocación de permanencia" y operó varios años, debilitándose tras la salida de ambos del MITMA en julio de 2021 [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.28].

  5. Mascarillas COVID: adjudicaciones pactadas de antemano — Probado que los tres usaron su ascendencia para que Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama, ganara dos contratos de mascarillas: Puertos del Estado, por 20.000.000 € (8 millones de unidades a 2,5 €), y ADIF, por 12.500.000 € [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.32][sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.34]. La adjudicataria conocía la operación "antes incluso" que el órgano de contratación, y la orden ministerial se elevó de cuatro a ocho millones de mascarillas a instancia de Aldama [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.31].

  6. Enchufes con sueldo y sin trabajo: la malversación — La Sala declara probado que Jessica Rodríguez, pareja de Ábalos, cobró de INECO y TRAGSATEC sin llegar a "desempeñar trabajo o función alguna" en la primera [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.38] ni a realizar "ningún trabajo" en la segunda, "en ejecución del plan trazado con la decisiva intervención en los hechos de Koldo García" [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.41]. También promovieron la contratación de Claudia Montes en LOGIRAIL [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.36]. Estos hechos sustentan la malversación de patrimonio público [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.205].

  7. Las absoluciones — Los tres acusados son absueltos de los delitos de prevaricación, uso o aprovechamiento de información privilegiada y falsedad en documento oficial por los que también fueron acusados [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.222]. Respecto a los salvoconductos de movilidad COVID, la Sala precisa que "tampoco ha quedado probado que tales reuniones no se llevaran realmente a efecto" [sentencia-ts-abalos-koldo-aldama-2026-06-22, p.46].

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